Los minijobs, también denominados mini-empleos, hacen referencia a una modalidad contractual del mercado laboral de Alemania, que se caracteriza por las dos siguientes particularidades;

a) el salario ha de ser de 450 euros como máximo en términos netos y mensuales

b) la jornada laboral ha de ser como máximo de 15 horas semanales

Junto a los minijobs, en Alemania también se encuentra tipificado el concepto de los midijobs o midi-empleos, modalidades que definen a los empleos cuya remuneración oscila entre los 450 y los 850 euros.

Pero otra particularidad de los minijobs alemanes proviene de su caracterización fiscal, por cuanto el trabajador contratado bajo estos supuestos no está obligado a cotizar a la Seguridad Social, si bien sí tiene la posibilidad de hacerlo voluntariamente destinando el 4,6% de su salario bruto a la protección por jubilación, cantidad que en tal caso se adiciona al 15% que obligatoriamente aporta el empleador.

Según diversas fuentes estadísticas, en Alemania existen en torno a siete millones de minijobs o mini-empleos, constituyendo un porcentaje muy importante de esta cifra ocupaciones complementarias de carácter secundario.

La “institucionalización” de los mini-empleos en el mercado de trabajo alemán no ha resuelto, así, algunas de las incógnitas más controvertidas y estrechamente vinculadas a esta tipología laboral: el cálculo de las pensiones futuras.

En este sentido, cabe destacar, a modo de ejemplo, que el importe de una prestación de jubilación calculada en función de las cotizaciones aportadas a través de un minijob durante un periodo de tiempo superior a los 30 años no supera los 150 euros mensuales.

Una cantidad evidentemente insuficiente para cubrir de forma exclusiva las necesidades vitales vinculadas al periodo de jubilación y que para serlo debería combinarse, finalmente, con otro tipo de percepciones, como las constituidas por las prestaciones sociales de carácter no contributivo.