Una quita. Menos capital a devolver. Y pagarías muchos menos intereses, claro está. Un escenario de difícil materialización, que tampoco tendría en un momento dado por qué ser ciencia ficción, ante el negativo nivel actual del Euribor, una de las principales referencias utilizadas en las hipotecas españolas y europeas.
Ok. Mirad el gráfico inicial. Hace referencia a un préstamo hipotecario de 250.000 euros con un vencimiento a 35 años y un tipo de interés positivo anual del 0,0002%.
Sin variación alguna durante la vida de esta hipoteca “prototipo”, la cuota mensual ascendería a una cifra constante de 828,16 euros, como suma de intereses (siempre positivos, siempre a pagar) y capital, algo que en nuestra sección de conceptos básicos de economía y finanzas ya hemos tenido la oportunidad en alguna ocasión de explicar.
Así, tal y como se puede observar en dicho gráfico inicial, a medida que transcurriese el tiempo, disminuiría la cuantía de intereses a pagar dentro de cada cuota hipotecaria.
Pero veamos ahora lo que pasaría toda vez transcurrido la mitad del tiempo para el que habríamos formalizado teóricamente esta hipoteca, si el Euribor o el tipo de interés al que estuviera referenciado la cuantía del capital recibido descendiese y entrase en terreno negativo, pongamos un -0,0002%.
Ok. Pasaría que la cuota mensual seguiría siendo constante -un total de 582,61 euros al mes-, pero mucho menor que antes, puesto que ahora el banco nos estaría devolviendo dinero; los intereses negativos.
Y esto haría que la parte del capital a devolver dentro de cada cuota aumentara con el objetivo de que la deuda total -250.000 euros habíamos dicho- fuese saldada a la finalización del préstamo -35 años ó 420 meses-.
Es decir, que acabaríamos devolviendo todo el capital -técnicamente eso es lo que sucedería- pero simultáneamente también estaríamos percibiendo una partida mensual de intereses negativos, algo que supondría, como ya hemos dicho anteriormente, una devolución de dinero que también podríamos denominar quita.
Y en este ejemplo, el importe de dicha quita ascendería al 10% del capital percibido inicialmente; un total de 24.288,55 euros sobre 250.000 euros de préstamo.