Jóvenes suficientemente formados pero remunerados conforme al Salario Mínimo Interprofesional -655,2 euros brutos mensuales-. Que no generan carga alguna en las cuotas empresariales –reducción del 100%–  de obligado ingreso a la Seguridad Social.  Y a ser posible con la consideración de “eternos aprendices” hasta alcanzar los 30 años de edad siempre y cuando la tasa de paro permanezca por encima del 15%. Ok, sin problemas. Dicho y hecho.

Estas fueron algunas de las pretensiones de la reforma laboral y así se materializaron finalmente en el Real Decreto-ley 3/2012, entre otras normas jurídicas. Precisamente por eso, unos cuantos años más tarde aún se siguen notando sus contraproducentes consecuencias, perfectamente observables en el gráfico inicial.

Véase cómo las modalidades de “formación y prácticas” registraron un aumento de trabajadores en alta al Régimen General de la Seguridad Social del 24,2% en el año 2015 sin que ningún otro aumento, en términos interanuales comparativamente similares, se produjese. Ni con trabajadores con contrato de modalidad temporal a jornada completa -aumento del 9,5%-, ni qué decir con trabajadores con contrato indefinido a jornada completa, cuyo escasísimo aumento del 2,1% fue el menor de todas las tipologías contractuales.

Y es ahora cuando debieran venir en cascada todas y cada una de las siguientes preguntas: ¿acaso no creció la economía española a un ritmo superior al 3% en el año 2015? Efectivamente, así fue. Entonces, ¿es que acaso pudo lograrse este aumento gracias a la contratación de jóvenes remunerados conforme al Salario Mínimo Interprofesional, en lugar de mediante la contratación de trabajadores experimentados y profesionales?

Hace una semana ya lo indicamos precisamente en este mismo blog. En 2015 se realizaron más de 167 millones de horas extraordinarias ilegales. Récord histórico. Atentos: récord no de ingresos del sector turístico español. Récord histórico de horas ilegales contabilizadas por la EPA y que una parte del sector empresarial no pagó a un sinfín de trabajadores españoles. ¿Acaso podrían haber realizado los jóvenes contratados bajo la modalidad “formación y aprendizaje” una jornada laboral de trabajo efectivo superior al 75% y 85%, infringiendo los máximos que dicha modalidad contractual establece?

Vaya, vaya. Que nadie se extrañe si cada vez un desprecio más hondo por todo lo que representa el sistema laboral español queda impregnado sin remisión, habida cuenta de los despreciables fundamentos económicos con los que hoy se pretende reconstruir esta, tan actualmente discutida, nación.